Abogada de Dependencia y Discapacidad
Servicio de orientación social y jurídica dirigido a familias con hijos con discapacidad y/o dificultades en su desarrollo.
La noticia de que un hijo/a tiene una enfermedad o dificultades graves en su desarrollo es devastadora para la familia. Aunque existan diferencias en la forma de afrontarlo es común que sientas tristeza, miedo, incertidumbre y mucha preocupación.
Ante esta situación es muy importante buscar asesoramiento profesional que te informe y oriente sobre los derechos y recursos que tiene tú hijo/a y cómo acceder a ellos para mejorar su bienestar y el de toda la familia.
Aunque cada situación es diferente y hay que evaluarla de forma individual, los procedimientos más importantes son los que a continuación enumeramos:
El proceso del reconocimiento de discapacidad se inicia con una solicitud que se dirige a la consejería competente de cada comunidad autónoma y se valora por el Equipo de Valoración y Orientación. Es importante estar asesorado desde el inicio sobre como es el proceso y que cuestiones tener en cuenta para que el grado de discapacidad que se fije en el certificado esté acorde con la situación real de la persona.
Si la resolución no es favorable se puede iniciar un procedimiento de reclamación administrativa fundamentando los motivos por los cuales no se está de acuerdo con el grado de discapacidad reconocido y posteriormente una demanda judicial. Es importante estar asesorado desde el inicio para garantizar un resultado favorable.
La dependencia se define como la necesidad de asistencia o apoyo por parte de otra persona para realizar tareas básicas como vestirse, asearse, alimentarse o realizar desplazamientos. Cuando se inicia el proceso de reconocimiento de la situación de dependencia es importante conocer cuáles son los aspectos que se van a valorar en la entrevista para poder mostrar la realidad de la persona.
Una vez se reconozca la situación de dependencia, se asignará un recurso bien económico o bien de servicio para apoyar a la persona con dependencia y a su familia. Si una vez notificada la resolución por la que se reconoce la discapacidad, ésta es denegatoria o no reconoce un grado con el que se esté de acuerdo, se puede iniciar un procedimiento de reclamación en vía administrativa y posteriormente una demanda judicial.
La atención temprana es un servicio que está dirigido a la población infantil entre los 0 y 6 años y que ofrece terapias de diferentes áreas de especialización (logopedia, fisioterapia, psicología, terapia ocupacional, etc.). El servicio de atención temprana tiene por objetivo dar respuesta lo más pronto posible a las necesidades que presentan los niños con trastornos en su desarrollo
Es el pediatra del niño/a quien detecta la necesidad de atención temprana, por eso es importante que si algo te preocupa sobre el desarrollo de tu hijo/a acudas a tu pediatra.
La necesidad de atención temprana también se valora por medio de un equipo de profesionales que emite una resolución estimatoria o denegatoria del servicio que se puede recurrir en vía administrativa y judicial si no se está de acuerdo con la misma.
La valoración de necesidades educativas especiales es un proceso para identificar las necesidades individuales de un alumno/a y determinar los servicios y apoyos necesarios para satisfacerlas.
El equipo de orientación del colegio realizará esta valoración cuando el tutor detecte que sea necesario. Es importante que si antes de escolarizar a tu hijo conozcas como es este procedimiento para poder garantizar todos sus derechos a nivel educativos.
La prestación económica por cuidado de un hijo con una enfermedad grave va asociada a una reducción de jornada de entre el 50% y el 99%.
Esta prestación está incluida dentro de la acción protectora de la Seguridad Social y su objetivo es compensar la pérdida de ingresos de la persona que tiene que reducir su jornada laboral para dedicarse al cuidado de su hijo con cáncer o enfermedad grave.
Es importante conocer todos los detalles necesarios para iniciar este procedimiento, así como sus requisitos y saber si puedes optar a solicitarla.
Servicio de orientación jurídica sobre planificación económica y personal para familias con hijos con discapacidad.
Una de las preocupaciones más comunes en las familias que tenéis un hijo con discapacidad es ¿Qué va a ser de mi hijo/a cuando yo no esté? Es muy normal sentir una gran preocupación cuando pensáis en el futuro de vuestro hijo con discapacidad.
Por eso es importante que conozcáis los recursos jurídicos que podéis usar para planificar y asegurar el acceso a los recursos económicos y el cuidado que en el futuro, vuestro hijo con discapacidad va a necesitar.
Los instrumentos jurídicos más importantes son:
El testamento es un documento por el cual una persona organiza la distribución de sus bienes para después de su fallecimiento. Cuando en la familia hay algún hijo con discapacidad la redacción de este documento toma mayor importancia debido a la utilidad que tiene para planificar y proteger la situación en la que queda el hijo con discapacidad después del fallecimiento de los padres.
Con la modificación normativa que se produjo en el año 2021, a las personas con discapacidad se les ha reconocido la capacidad de obrar, (ya no existe la incapacitación judicial de las personas, esto se sustituye por las medidas de apoyos necesarias para la toma de decisiones), por lo que se abre la puerta a que las personas con discapacidad puedan otorgar testamento, siempre que un notario considere la persona comprende lo que está haciendo.
Cada familia tiene sus particularidades y circunstancias diferentes, por eso es importante contar con el asesoramiento de un abogado especializado en familia y discapacidad.
Tras la reforma normativa de junio de 2021, por la que se les reconoce a las personas con discapacidad la capacidad de obrar, desaparece la figura de la incapacitación judicial y se sustituye por las medidas de apoyo para la toma de decisiones.
La función de las medidas de apoyo consistirá en asistir a la persona con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica en los ámbitos en los que sea preciso, respetando su voluntad, deseos y preferencias.
Las medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas que lo precisen pueden fijarse judicialmente pero también de manera voluntaria por la propia persona que las necesite.
El Patrimonio Protegido es una figura jurídica poco conocida pero muy interesante para planificar el área económica de una persona con discapacidad. Tiene como objetivo favorecer la aportación a título gratuito de bienes y derechos al patrimonio de las personas con discapacidad y establecer mecanismos adecuados para garantizar que determinados fondos se empleen para satisfacer las necesidades vitales de la persona con discapacidad, además de reportar beneficios fiscales para quienes realizan la aportación
Es importante conocer cuándo se puede constituir esta figura y cómo funciona para poder usarla de forma adecuada y disfrutar de sus beneficios.
Servicio de Protección Social y Jurídica para personas mayores en situación de dependencia.
El inicio de la situación de dependencia en personas mayores es un momento difícil para la familia, hay que tomar decisiones muy importantes sobre la protección personal y económica de la persona dependiente y es importante respetar la voluntad de la persona.
Las herramientas a destacar en estos momentos son las siguientes:
La dependencia se define como la necesidad de asistencia o apoyo por parte de otra persona para realizar tareas básicas como vestirse, asearse, alimentarse o realizar desplazamientos. Cuando se inicia el proceso de reconocimiento de la situación de dependencia es importante conocer cuáles son los aspectos que se van a valorar en la entrevista para poder mostrar la realidad de la persona.
Una vez se reconozca la situación de dependencia, se asignará un recurso bien económico o bien de servicio para apoyar a la persona con dependencia y a su familia. Si una vez notificada la resolución por la que se reconoce la discapacidad, ésta es denegatoria o no reconoce un grado con el que se esté de acuerdo, se puede iniciar un procedimiento de reclamación en vía administrativa y posteriormente una demanda judicial.
Tras la reforma normativa de junio de 2021, por la que se les reconoce a las personas con discapacidad la capacidad de obrar, desaparece la figura de la incapacitación judicial y se sustituye por las medidas de apoyo para la toma de decisiones.
La función de las medidas de apoyo consistirá en asistir a la persona con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica en los ámbitos en los que sea preciso, respetando su voluntad, deseos y preferencias.
Las medidas de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica de las personas que lo precisen pueden fijarse judicialmente pero también de manera voluntaria por la propia persona que las necesite.
Un poder preventivo es un documento legal que se firma ante notario y que permite a una persona designar a otra para tomar decisiones en su nombre en caso de que se vuelva incapaz de hacerlo por sí misma debido a una enfermedad, discapacidad o ausencia temporal.
En ese documento, la persona designa a un representante legal, quien tendrá la autoridad para tomar decisiones en su nombre solo cuando la persona que lo otorga se vuelve incapaz de hacerlo por sí misma.
Preguntas frecuentes
Si, son dos valoraciones diferentes y compatibles entre sí, se deben de solicitar ambas o alguna de ellas dependiendo de la situación de la persona que la solicita.
Para acceder a la prestación no contributiva por discapacidad será necesario cumplir los requisitos siguientes: tener reconocido 65% o más de discapacidad y tener más de 18 años y menos de 65 años y cumplir con los requisitos económicos.
No. No es requisito indispensable para la solicitud de dependencia pero si valorable.
La derivación al servicio de atención temprana la realizan los profesionales sanitarios públicos o los profesionales autorizados del área educativa, por eso es importante que si los padres detectan que su hijo puede necesitar este servicio hablen con su pediatra sobre ello.
Si, dependiendo de la situación concreta y de si se cumplen los requisitos necesarios se puede solicitar una reducción de jornada retribuida desde un 50% a un 99%.
Si, cuando existe un hijo con discapacidad existen formas legales para poder mejorarlo en el testamento con respecto a los demás hijos para de esa forma ofrecerle una protección económica futura.
La constitución de un patrimonio protegido tiene beneficios fiscales a corto plazo para las personas que contribuyen con las aportaciones, así como beneficios a largo plazo para la persona a favor de quien se constituye en la forma en la que se contabiliza el patrimonio para el acceso a recursos públicos.
Si, con la nueva reforma legislativa ha desaparecido la figura jurídica de la incapacitación judicial, pero se ha sustituido por medidas de apoyos y salvaguardas que dependiendo de cada situación se podrán fijar en un procedimiento judicial o ante notario por la propia persona con discapacidad.
Un poder preventivo es un documento notarial por el cual una persona le otorga poder a otra solo para el supuesto de que en un futuro se encontrara en una situación de discapacidad o dependencia que le impida tomar decisiones por ella misma.